Que no se debe permitir en el divorcio según Deuteronomio.

D. Estatuto de lo que no permitirás en el divorcio.

1. No volverá a tomar la mujer con que se divorció.

a. 24:1 Cuando alguno tomare mujer y se casase con ella, si no le agradare por haber hallado en ella alguna cosa indecente, le escribirá carta de divorcio, se la entregará en su mano, y la despedirá de su casa.

b. 24:2 Una vez que salga de su casa, podrá ir y casarse con otro hombre.

c. 24:3 Pero si la aborreciese este último, le escribiese carta de divorcio, se la entregase en su mano, y la despidiese de su casa. O si hubiese muerto el postrer hombre que la tomó por mujer.

d. 24:4 No podrá su primer marido, que la despidió, volverla a tomar. Para que sea su mujer, después que fue envilecida; porque es abominación delante de Jehová, y no has de pervertir la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad.

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