XVII.
Estatutos cuando habites en tu heredad.
A. El perdón
sobre un homicidio en tu heredad.
1. El perdón
del homicidio sin conocer al homicida.
a. 21:1 Si en
la tierra que Jehová tu Dios te da para que la poseas, fuese hallado alguien
muerto, tendido en el campo, y no se supiese quién lo mató,
b. 21:2 En esa
época, tus ancianos y tus jueces saldrán. Medirán la distancia hasta las
ciudades que están alrededor del muerto.
c. 21:3 Los
ancianos de la ciudad más cercana al lugar donde fuese hallado el muerto,
tomarán de las vacas, a una becerra que no haya trabajado, que no haya llevado
yugo.
d. 21:4 Los
ancianos de aquella ciudad traerán la becerra a un valle escabroso, que nunca
haya sido arado ni sembrado, y quebrarán la cerviz de la becerra allí en el
valle.
e. 21:5 En ese
momento, vendrán los sacerdotes hijos de Leví. Porque a ellos escogió Jehová tu
Dios. Para que le sirvan. Y para bendecir en el nombre de Jehová. Por la
palabra de ellos se decidirá toda disputa y toda ofensa.
f. 21:6 Todos
los ancianos de la ciudad, más cercana al lugar donde fuese hallado el muerto,
lavarán sus manos sobre la becerra cuya cerviz fue quebrada en el valle.
g. 21:7
Protestarán y dirán: Nuestras manos no han derramado esta sangre, ni nuestros
ojos lo han visto.
h. 21:8
Perdona a tu pueblo Israel, al cual redimiste, oh, Jehová; y no culpes de
sangre inocente a tu pueblo Israel. Y la sangre les será perdonada.
i. 21:9 Y tú
quitarás la culpa de la sangre inocente de en medio de ti, cuando hicieses lo
que es recto ante los ojos de Jehová.
B. Contraer matrimonio con cautivas.
1.
Matrimonio con mujeres cautivas traídas de la guerra.
a. 21:10 Cuando salgas a la guerra contra tus
enemigos, y Jehová tu Dios los entregue en tu mano. Y llevarás de ellos
cautivos.
b. 21:11
Vieras entre los cautivos a alguna mujer hermosa, la codicias, y la tomas como
tu mujer.
c. 21:12 La
meterás en tu casa; ella rasurará su cabeza, y cortará sus uñas.
d. 21:13 Se
quitará el vestido de su cautiverio, y se quedará en tu casa; llorará a su
padre y a su madre un mes entero. Después podrás llegarte a ella, y tú serás su
marido. Y ella será tu mujer.
e. 21:14 Si no
te agradase, la dejarás en libertad; no la venderás por dinero, ni la tratarás
como esclava, por cuanto la humillaste.
C. El primogénito
de tus hijos recibirá su herencia.
1. Derechos de
herencia del primogénito.
a. 21:15 Si un
hombre tuviese dos mujeres, la una amada y la otra aborrecida. La amada y la
aborrecida le hubiesen dado hijos. Y el hijo primogénito fuese de la
aborrecida.
b. 21:16 En el
día que hiciese heredar a sus hijos lo que él tuviese, no podrá dar el derecho
de primogenitura al hijo de la amada, sino con preferencia lo dará al hijo de
la aborrecida, que es el primogénito.
c. 21:17 Al
hijo de la aborrecida reconocerá como primogénito. Para darle el doble de lo
que correspondiese a cada uno de los demás. Porque él es el principio de su
vigor, y suyo es el derecho de la primogenitura.
D. La rebeldía en
los hijos desobedientes.
1. En caso de
que el hijo le salga rebelde.
a. 21:18 Si
alguno tuviese un hijo contumaz y rebelde, que no obedeciese a la voz de su
padre, ni a la voz de su madre. Y habiéndole castigado, no les obedeciese.
b. 21:19 En
ese momento, lo tomarán su padre y su madre, lo sacarán ante los ancianos de su
ciudad. Y a la puerta del lugar donde viva.
2. Mataras al
hijo glotón y borracho.
c. 21:20 Dirán
a los ancianos de la ciudad: Este nuestro hijo es contumaz y rebelde, no
obedece a nuestra voz; es glotón y borracho.
d. 21:21 En
ese momento, todos los hombres de su ciudad lo apedrearán, y morirá. Así
quitarás el mal de en medio de ti, todo Israel oirá, y temerá.
E. Maldición
sobre el delito de crimen de muerte.
1. Maldito es
el colgado de un madero.
a. 21:22 Si
alguno hubiese cometido algún crimen digno de muerte, harás que se muera,
colgándolo de un madero.
b. 21:23 No
dejaras que su cuerpo pase la noche sobre el madero; sin falta lo enterrarás el
mismo día. Porque por Dios es maldito el colgado en un madero. No contaminarás
tu tierra que Jehová tu Dios te da por heredad.
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